miércoles, 8 de junio de 2011

Declaran desistido procedimiento contra la Alcaldía de Guaicaipuro en Miranda

Mediante resolución N° 075-2008

Declaran desistido procedimiento contra la Alcaldía de Guaicaipuro en Miranda


Se rescindió el Contrato de Concesión para la Prestación del Servicio Público de Aseo Urbano y Domiciliario, que suscribió originalmente con la empresa Lirka Ingeniería, C.A., cedido a Caufer Servicios Ambientales C.A.
La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de su presidenta, magistrada Evelyn Marrero Ortíz, declaró desistido el procedimiento en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional y medida cautelar innominada por la sociedad de comercio Caufer Servicios Ambientales, C.A., contra una Resolución dictada por el Alcalde del municipio Guaicaipuro del estado Miranda.
Mediante dicha Resolución, identificada con el N° 075-2008 del 10 de diciembre de 2008, la Alcaldía de Guaicaipuro procedió a rescindir el Contrato de Concesión para la Prestación del Servicio Público de Aseo Urbano y Domiciliario, que suscribió originalmente con la empresa Lirka Ingeniería, C.A. y que posteriormente fue cedido a Caufer Servicios Ambientales C.A.
La causa fue remitida a la Sala Político Administrativa luego de la declinatoria de competencia realizada el 22 de enero de 2010 por el Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital. Mediante sentencia del 4 de marzo del mismo año, la Sala se declaró competente para conocer del recurso interpuesto, anuló la sentencia del 5 de marzo de 2009 y las demás actuaciones dictadas por el Juzgado declinante, y repuso la causa al estado de admitir el recurso y decidir la acción de amparo constitucional propuesta.
El Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa admitió la causa el 17 de noviembre de 2010. Luego, por decisión del 17 de febrero de 2011, la Sala declaró inadmisible la acción de amparo constitucional e improcedente la medida cautelar innominada requeridas por Caufer Servicios Ambientales C.A.
El 9 de marzo del presente año, el Juzgado de Sustanciación ordenó la remisión del expediente a la Sala, a los fines de fijar la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio, que quedó fijada para el día 07 de abril de 2011, a las 11 am, siendo diferida luego para el 28 de abril, a la misma hora.
Constató la Sala que llegada la oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio, Caufer Servicios Ambientales C.A no compareció, por lo que tomando en cuenta lo previsto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa declaró desistido el procedimiento.
Fuente/Prensa del Tribunal Supremo de Justicia

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